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realizar un cuadro comparativo de Relaciones entre el heredero y los terceros. Defensa del derecho hereditario. Acción reivindicatoria y acción de partición de herencia. Acciones Posesorias comunes. Petición de la herencia. Contra quienes puede intentarse


A continuación, se presenta un cuadro comparativo sobre las relaciones entre el heredero y los terceros, así como distintos aspectos relacionados con el derecho hereditario, la defensa de los derechos del heredero y la partición de herencia. | **Concepto** | **Definición/Descripción** | |--------------------------------------------|-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------| | **Relaciones entre el heredero y los terceros** | Los terceros no son herederos directos y pueden tener distintas relaciones con los herederos. Pueden ser acreedores, poseedores o interesados en la herencia. | | **Defensa del derecho hereditario** | El heredero puede defender su derecho a través de diversas acciones legales, como la acción reivindicatoria o la acción de partición de herencia. | | **Acción reivindicatoria** | Acción que permite al titular de un derecho reivindicar la propiedad de un bien que está en posesión de un tercero. Se basa en la titularidad del derecho. | | **Acción de partición de herencia** | Acción que permite a los coherederos solicitar la división de la herencia. Se fundamenta en la necesidad de hacer efectivo el derecho a la herencia. | | **Acciones Posesorias comunes** | Acciones que permiten al poseedor protector mantener su posesión frente a terceros. Incluyen la acción de protección posesorio, como la usucapión. | | **Petición de la herencia** | Derecho de un heredero para iniciar la reclamación de los bienes de la herencia ante el juez. | | **Contra quienes puede intentarse** | Generalmente se puede intentar la acción contra aquellos que están en posesión de bienes de la herencia o que son coherederos. | | **Cuándo nace la acción** | La acción nace en el momento en que el heredero conoce su condición de heredero y los bienes que le corresponden. | | **Cuándo prescribe** | La prescripción normalmente se establece en 5 años desde el momento en que el derecho puede ser ejercido, aunque esto puede variar según la jurisdicción. | | **Diferencias con la reivindicación** | La reivindicación se centra en la propiedad de bienes, mientras que la acción de partición se relaciona con la división de la herencia entre los herederos. | | **Efectos de la acción** | Los efectos pueden incluir la restitución de bienes al heredero o la judicialización de la partición de la herencia para establecer quién recibe qué bienes. | | **Atenuaciones cuando el poseedor haya sido heredero aparente** | Si un poseedor era considerado heredero aparente, puede tener una protección especial en ciertos casos, pues pudo actuar de buena fe. | | **Relaciones entre el verdadero heredero y aparente** | Puede haber conflictos si el heredero aparente se niega a reconocer los derechos del verdadero heredero, lo que puede llevar a disputas legales. | | **Relaciones entre coherederos** | Los coherederos comparten derechos sobre la herencia y pueden tener conflictos sobre la forma en que se divide, así como sobre la administración de los bienes hereditarios. | | **Características de la partición** | 1. **Quiénes pueden pedirla:** Los coherederos. 2. **Formas:** Puede realizarse de manera amistosa o judicial. 3. **Efectos:** Distribución de los bienes, liberación de deudas. | | **La rescisión en materia de partición** | La rescisión ocurre cuando se demuestra que la partición fue realizada con errores o vicios que la invaliden, permitiendo que la herencia vuelva a un estado de división. | | **El pago de las deudas hereditarias** | Antes de la partición definitiva, los herederos deben atender las deudas de la herencia, que se deben pagar antes de distribuir los bienes. | | **La partición por los ascendientes** | Puede consistir en una partición anticipada o en vida de los ascendientes, que faculta a distribuir bienes entre sus herederos aún en vida. | | **Fundamentos de la partición por ascendientes** | Se basa en el deseo de evitar conflictos futuros y en la necesidad de administrar los bienes de manera efectiva. | | **Formas de partición por ascendientes** | Puede ser mediante acta notarial o mediante testamento, donde los ascendientes estipulan la manera en que serán divididos sus bienes al momento de su fallecimiento. | | **Nulidad Absoluta de la partición** | Se refiere a situaciones donde la partición no cumple con requisitos legales, lo que la hace inválida desde su origen. | | **Impunidad** | La nulidad absoluta establece que la partición errónea o ilegal no genera derechos para los coherederos, quienes pueden regresar al estado anterior. | Este cuadro comparativo resume las relaciones y acciones pertinentes en el contexto de las herencias y la partición, permitiendo una comprensión más clara de estos conceptos en el ámbito del derecho sucesorio.