segun el codigo de procedimiento civil venezolano realiza un informe sobre los terceros intervinientes en él proceso, de manera voluntaria como forzosa y otros funcionarios auxiliares de justicia como el Ministerio Público, los defensores ad litem y sus d
El Código de Procedimiento Civil de Venezuela regula la participación de terceros intervinientes en los procesos judiciales, así como también el rol de otros actores auxiliares de justicia como el Ministerio Público y los defensores ad litem. A continuación, se presenta un informe sobre estos aspectos.
### Terceros Intervinientes en el Proceso
Los terceros intervinientes se dividen en dos categorías: **voluntarios** y **forzosos**.
#### 1. Terceros Intervinientes Voluntarios
Los terceros intervinientes voluntarios son aquellos que, sin haber sido parte original del proceso, deciden intervenir en él por su propio deseo. Esta intervención suele realizarse cuando su derecho se encuentra en riesgo o afecta sus intereses. El Código establece que el tercero interesado debe solicitar su intervención mediante un escrito que será presentado al tribunal, donde debe expresar los fundamentos de su petición y los derechos que invoca.
Es fundamental que la intervención de estos terceros no altere el objeto del proceso ni incurra en la dilación indebida de las actuaciones. Una vez admitida la intervención, el tercero tendrá los mismos derechos que las partes originarias del proceso.
#### 2. Terceros Intervinientes Forzosos
Los terceros intervinientes forzosos, por su parte, son aquellos cuyo derecho está necesariamente afectado por la decisión que se tomará en el proceso. Es decir, estas personas deben intervenir obligatoriamente dado que su situación jurídica resulta inseparable de las pretensiones de las partes. Según el Código, la intervención forzosa puede ser declarada de oficio por el juez o solicitada por las partes.
Un ejemplo de intervención forzosa sería en casos de litisconsorcio, donde varios sujetos tienen un interés común ante el mismo asunto litigioso.
### Otros Funcionarios Auxiliares de Justicia
Además de los terceros intervinientes, el proceso civil incluye otros actores que cumplen funciones específicas, tales como el **Ministerio Público** y los **defensores ad litem**.
#### 1. Ministerio Público
El Ministerio Público actúa como defensor de los intereses de la sociedad y es responsable de velar por la correcta administración de justicia. En procesos civiles, su función puede incluir la defensa de mayores de edad incapaces o la protección de derechos fundamentales. El Ministerio Público tiene la facultad de intervenir en casos en los que se versen asuntos de interés público, así como promover acciones y ejercer formalmente la representación del Estado en determinados casos.
El papel del Ministerio Público es garantista y se enfoca en la protección de derechos fundamentales, actuando en un contexto donde hay un interés social que protege.
#### 2. Defensores ad litem
Los defensores ad litem son designados por el juez para defender a aquellas personas que, por diversas razones (como incapacidad o no poder contar con un abogado), no pueden hacerlo por sí mismas. La designación de defensores ad litem es común en casos de tutela, curatela o cuando un incapaz se ve involucrado en un proceso civil.
Este defensor actúa exclusivamente en el marco del proceso en el que ha sido designado y tiene la responsabilidad de representar los intereses de la persona que defiende. Los defensores ad litem suelen ser profesionales del derecho que, aunque no pertenecen a la defensa pública, están designados específicamente para esas actuaciones.
### Diferencias entre Defensores Públicos y Defensores ad litem
#### Defensores Públicos
Los defensores públicos son abogados que forman parte de una institución estatal (Oficina de Defensa Pública) que se encarga de brindar defensa legal gratuita a aquellas personas que no cuentan con los recursos suficientes para contratar un abogado privado. Su función es más amplia, pues no están limitados a un solo caso y pueden representar a clientes en una variedad de asuntos judiciales.
#### Defensores ad litem
Por otro lado, los defensores ad litem son designados con un propósito específico para un caso concreto, y su actuación se limita a la defensa de los derechos e intereses en dicho proceso. Este tipo de defensor no actúa exclusivamente para aquellos que no pueden pagar un abogado, sino que su designación puede responder a situaciones de incapacidad o necesidad de protección especial.
### Conclusión
La regulación de los terceros intervinientes y otros auxiliares de justicia en el Código de Procedimiento Civil de Venezuela es fundamental para garantizar el acceso a la justicia y la protección de derechos en el ámbito civil. Cada uno de estos actores tiene funciones y características específicas que permiten una mejor administración de justicia, tanto en la defensa de intereses particulares como en la protección del interés general y de aquellos en situaciones de vulnerabilidad.