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la actividad probatoria del proceso penal venezolano;Testimonio. Experticia. .qué dice además de la norma; la doctrina, la jurisprudencia. Así como fijar su propio criterio.


La actividad probatoria en el proceso penal venezolano es fundamental para garantizar un juicio justo y equitativo. En este marco, el testimonio y la experticia son dos de los medios probatorios más relevantes. ### Normativa La **Ley Orgánica del Proceso Penal** de Venezuela establece en sus artículos los distintos medios probatorios, incluyendo el testimonio y la experticia. El testimonio tiene un rol crucial, ya que las declaraciones de testigos pueden proporcionar información clave sobre los hechos enjuiciados. Por otra parte, la experticia se relaciona con la intervención de expertos en ciertas materias, cuya opinión puede ayudar al juez a entender aspectos técnicos o especializados del caso. ### Doctrina Desde la perspectiva doctrinal, se sostiene que: 1. **Testimonio**: - Es considerado un medio esencial de prueba, ya que los testigos pueden aportar información directa sobre los hechos. La credibilidad del testimonio es evaluada en función de la confianza que el juez o tribunal otorga al testigo, la coherencia de su relato, y su interés o imparcialidad en el caso. - La doctrina resalta la importancia de la inmediación y la oralidad. Es decir, el juez debe tener la oportunidad de escuchar directamente a los testigos y evaluar su testimonio en la audiencia. 2. **Experticia**: - Es un medio que permite aclarar cuestiones técnicas o científicas que escapan al conocimiento común del juez. La doctrina enfatiza que la experticia debe ser realizada por profesionales acreditados, y que su informe debe ser claro, preciso y fundamentado. - La experticia no debe convertirse en un sustituto del juicio del juez; más bien, debe complementarlo, ya que el juez es el que tiene la última palabra sobre la valoración de la prueba. ### Jurisprudencia La jurisprudencia venezolana ha abordado extensamente la actividad probatoria. En varias sentencias, se ha reiterado la importancia de valorar el testimonio en conjunto con las demás pruebas del caso. Además, se ha establecido que, a pesar de la relevancia de la experticia, esta debe ser considerada con cautela, dado que el perito también puede tener sesgos o limitaciones en su análisis. Algunos fallos han enfatizado que, aunque la opinión del experto es valiosa, el juez no está obligado a seguirla, especialmente si otras pruebas contradicen o complementan lo expuesto por el perito. ### Criterio Personal En mi criterio, la actividad probatoria en el proceso penal venezolano debe ceñirse a los principios de proporcionalidad, necesidad y pertinencia. El testimonio, cuando se presenta de manera creíble y veraz, puede tener un impacto decisivo en la resolución del caso. Sin embargo, es crucial que el juez mantenga una actitud crítica frente a todos los medios probatorios, incluyendo la experticia. Además, sería recomendable que se fortalecieran los protocolos de selección y evaluación de expertos, para minimizar el riesgo de informes sesgados y asegurar que la justicia se administra con base en conocimiento técnico fiable. La clave está en la adecuada integración de estos medios probatorios, con un enfoque en la protección de los derechos fundamentales de las partes involucradas, y en la búsqueda de la verdad material que debe guiar todo proceso penal.