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que significa ese termino Las Presunciones JURE ET DE JURE y Presunciones IURIS TANTUM


Los términos "presunciones jure et de jure" y "presunciones iuris tantum" se utilizan en el ámbito del derecho para referirse a diferentes tipos de presunciones legales. 1. **Presunciones jure et de jure**: Se trata de presunciones absolutas que no admiten prueba en contrario. Esto significa que, una vez establecida la presunción, no se puede demostrar lo contrario. Por lo general, estas presunciones están establecidas por ley y tienen un carácter definitivo y vinculante. Un ejemplo podría ser la presunción de paternidad en ciertos contextos legales, donde la ley establece que un niño nacido durante un matrimonio es considerado legalmente hijo del esposo, sin posibilidad de prueba en contra. 2. **Presunciones iuris tantum**: Son presunciones que pueden ser desvirtuadas por prueba en contrario. A diferencia de las presunciones jure et de jure, estas presunciones permiten que la parte afectada presente pruebas que contradigan la presunción establecida. Son presunciones más flexibles y permiten que los hechos sean cuestionados. Por ejemplo, la presunción de que una persona está viva hasta que se demuestre lo contrario es una presunción iuris tantum, ya que puede haber pruebas que indiquen lo contrario. En resumen, la principal diferencia entre ambas radica en la posibilidad de refutar la presunción: las jure et de jure son inamovibles, mientras que las iuris tantum son susceptibles de ser impugnadas.